Grupo
Provincial
Diputación Provincial de Ávila
AL PLENO DEL 1 DE AGOSTO DE 2016
Don
Rubén Arroyo Nogal como Portavoz del Grupo Provincial Trato Ciudadano en la Diputación de Ávila
según lo dispuesto en el art. 97.2 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, presenta ante este
Pleno Corporativo, para su inclusión en el orden del día, la siguiente
PROPOSICIÓN a fin de que sea debatida y sometida a votación por el Pleno.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Hace
unos días conocíamos a través de la denuncia de varios grupos ecologistas que la Junta de Castilla y León
estaba procediendo al asfaltado de un cordel en el término municipal de Hoyos
del Espino. Dicho cordel forma parte del sendero de Gran Recorrido (GR-10),
integrado en la red de Senderos Europeos de Gran Recorrido (E-7).
Se
trata de un tramo de unos cuatro kilometros de camino de tierra que había sido
arreglado recientemente, en primavera, entre el Puente Duque y las Chorreras.
Cordel que discurre por el límite del Parque Regional de Gredos y paralelo al
río Tormes. Y que sirve, como todos los cordeles para el paso de ganado
(trashumancia) y también es utilizado asiduamente por senderistas, turistas,
niños del campamento y ciclistas.
En
dicha denuncia pública se indicaba que la Junta estaba llevando a cabo las obras sin los
preceptivos trámites legales necesarios para dichas actuaciones. La semana
siguiente la Junta
de Castilla y León remitía una nota de prensa indicando que dichas obras
cuentan con las autorizaciones del Servicio Territorial de Medio Ambiente y de
los ayuntamientos afectados pero sin ninguna referencia al procedimiento
administrativo preceptivo ni a las autorizaciones y licencias necesarias y sin
documentación adjunta ninguna... Dogma de fe.
Es
más en esta nota de prensa del ente regional se afirma literalmente que es “una
carretera”, lo cuál es una perfecta expresión del desconocimiento del
territorio, de la obra y de la improvisación en el sentido de la misma. Ahora
ya sí, será una carretera sobre un cordel, que conllevará un aumento del
tráfico de vehículos y de la velocidad de paso de los mismos y que supondrá una
mayor peligrosidad para los usuarios del cordel.
Desde
el Servicio de Asesoramiento de Municipios de esta casa no consta que se haya
realizado algún informe al respecto a petición de los ayuntamientos afectados
pero desconocemos si ha existido otro tipo de participación directa o indirecta
por parte de la
Diputación.
De
las indagaciones que ha podido realizar este Grupo Provincial no hay constancia
de que la
Confederación Hidrográfica del Duero haya autorizado las
obras que están en su zona de policía.
El
procedimiento administrativo tiene visos de estar incompleto ya que dichas
obras no han salido a ningún periodo de información pública, vulnerando un
principio básico de los ciudadanos como así se demuestra al no haber sido
publicado ni en el BOP ni en BOCYL. Tampoco se tiene constancia de que se haya
llevado a ningún órgano reglado competente como pudiera ser la Comisión Territorial
de Medio Ambiente y Urbanismo ni que se haya efectuado el preceptivo estudio de
Evaluación de Impacto Ambiental ni tan siquiera un proyecto de ejecución.
Igualmente no hay constancia de que
el asunto se haya tratado en ninguna sesión plenaria de los Ayuntamientos afectados ni en la Junta Rectora del
Parque Regional.
Esta institución debe velar por el bien común de la provincia
y de sus municipios, entre los que está, de manera implícita, la conservación
del Medio Ambiente y el cumplimiento de la legislación medio ambiental y de los
procesos administrativos que afecten al interés general.
Por
lo expuesto, el Grupo Provincial Trato Ciudadano presenta al Pleno esta
PROPOSICIÓN para que se considere y se someta a votación para el siguiente
ACUERDO.
1. Instar a la Junta de Castilla y León, al
Consejero de Fomento y Medio Ambiente, a que remita un informe completo sobre la
tramitación de este expediente. En el que se adjunten la autorización de la Confederación
Hidrográfica del Duero y otras licencias obtenidas, informes
técnicos que avalen la acción, el proyecto y el estudio de Evaluación de
Impacto Ambiental de dichas obras.
2. En el caso de que existan
deficiencias en la tramitación administrativa, evaluado por un técnico de esta
Diputación, iniciar las acciones correspondientes para que se subsanen las
deficiencias o para que, en el caso que no se puedan subsanar, se devuelva el
cordel a su estado original.
En Ávila, 26 de julio de 2016
Rubén Arroyo Nogal
Portavoz del Grupo Provincial de Trato
Ciudadano
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