20 noviembre, 2016

Mociones de Trato Ciudadano al Pleno del Ayuntamiento de Ávila

Grupo Municipal
                                                                                                                                             




                                                                                                   Ayuntamiento de Ávila







AL PLENO DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2015


            Doña Alba Moreno Tejedor como Portavoz del Grupo Municipal Trato Ciudadano en el Ayuntamiento de Ávila según lo dispuesto en el art. 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, presenta ante este Pleno Corporativo, para su inclusión en el orden del día, la siguiente PROPOSICIÓN a fin de que sea debatida y sometida a votación por el Pleno.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

            La configuración urbana de Ávila es una consecuencia de la evolución histórica del territorio vinculado al área geográfica de la Ciudad de Ávila, por lo que entendemos que las Sierras, el Valle y la Ciudad forman parte de un mismo paisaje cultural compartido.

            En particular la Sierra de Ávila, en su topografía, se inicia en el cerro de San Mateo, situado a la otra orilla del rio Adaja frente a las murallas, justo en el punto de desagüe del Valle Ambles donde se implanta el puente romano que justifica la localización del asentamiento original de la ciudad de Ávila.

            Los elementos que configuran el paisaje de la Sierra de Ávila son parte inseparable del paisaje de la ciudad. El Cerro de Gorría es una de las referencias panorámicas al oeste de las murallas y los cauces de las laderas de la Sierra de Ávila forman parte del cauce del rio Adaja, que transita y abastece a la Ciudad. Y los mismos cordeles y cañadas que transitan la Sierra también transitan la Ciudad.

            La cultura, el patrimonio inmaterial y las condiciones ambientales de la Sierra de Ávila también configuran el patrimonio y las condiciones ambientales de la ciudad. Y también es la misma gente que habita estos hogares de la Sierra de Ávila, la que también forma parte de los hogares de esta Ciudad.

            Ante la amenaza inminente que supone el proyecto de explotación minera a cielo abierto en lo alto del Cerro Gorría, cuya autorización se tramita actualmente en el Servicio Territorial de Industria de Ávila, que compromete la integridad del territorio, de su población y de sus formas de vida en un territorio compartido por esta ciudad, se hace necesaria una toma de posición al respecto.

Por lo expuesto, el Grupo Municipal Trato Ciudadano presenta al Pleno esta PROPOSICIÓN para que se considere y se someta a votación para el siguiente

ACUERDO:

Instar a la Junta de Castilla y León para que se desactive la amenaza de la mina proyectada en la Sierra de Ávila, mediante suspensión del procedimiento de autorización, y se incentiven proyectos que favorezcan al desarrollo armónico y sostenible del medio rural.

En Ávila, 17 de noviembre de 2016






Alba Moreno Tejedor
Portavoz del Grupo Municipal de Trato Ciudadano






Grupo Municipal
                                                                                                                                              




                                                                                                   Ayuntamiento de Ávila







AL PLENO DEL 28 DE NOVIEMBRE DE 2015


            Doña Alba Moreno Tejedor como Portavoz del Grupo Municipal Trato Ciudadano en el Ayuntamiento de Ávila según lo dispuesto en el art. 97.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales, presenta ante este Pleno Corporativo, para su inclusión en el orden del día, la siguiente PROPOSICIÓN a fin de que sea debatida y sometida a votación por el Pleno.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

            La forma de vida actual de la ciudadanía demanda de una manera cada vez más creciente, la existencia de una oferta suficiente de instalaciones deportivas en las ciudades, toda vez que la actividad deportiva, ya sea competitiva o por ocio, va estrechamente relacionada a conceptos como calidad de vida o vida saludable.

           Es necesario por tanto y dentro de las competencias del Ayuntamiento, promover instalaciones deportivas que cubran las necesidades existentes, así como el mantenimiento predictivo, preventivo y correctivo de las ya existentes para su correcto aprovechamiento.

            Esta necesidad de disponer de mayores y/o mejores instalaciones donde poder practicar deportes obliga a esta Corporación Local a establecer a corto, medio y largo plazoun plan sobre qué equipamientos deportivos necesita la ciudad, dónde ubicarlos, cómo programar su ejecución o qué actuaciones se entienden prioritarias.

            La situación que estamos viviendo durante esta legislatura en materia de infraestructuras deportivas: crisis del centro 88 Torreones, Campo de fútbol de Sancti Spiritu, Piscina de la Ciudad Deportiva, Pabellón de San Antonio, Pistas de Atletismo… es un foco de preocupación para muchos ciudadanos de Ávila que ven peligrar sus hábitos deportivos por una falta de instalaciones y/o mantenimiento de las mismas y, por tanto, debe ser una preocupación para el Ayuntamiento.

            La formulación de un Plan Director de Instalaciones Deportivas para Ávila supone una ocasión para que reflexionemos sobre las necesidades que en esta materia tiene nuestra ciudad, señalando las principales carencias pero también las oportunidades: como modernizar y mejorar las instalaciones deportivas públicas existentes, qué tipo de instalaciones demandan las y los abulenses o qué barrios son los más deficitarios en esta materia.

            El Plan Director debe concebirse como un compromiso y una vocación de calidad de vida y uso para vecinos y vecinas, tanto en lo que se refiere a la posible construcción de nuevos complejos polideportivos, como a la eficacia de la gestión o a la oferta de servicios y actividades para la ciudadanía.

Los objetivos que entendemos debe perseguir un Plan Director como prioritarios son los siguientes:

*         Lograr una distribución equilibrada de los equipamientos deportivos en los diferentes barrios de la ciudad.

*         Establecer directrices para el aprovechamiento adecuado del medio natural (parques, zonas verdes, etc.) como soporte de actividades deportivas.
  
*         Completar la red de instalaciones deportivas mediante la construcción de nuevos equipamientos destinados al uso público y a la modernización y mejora de las instalaciones públicas actuales.

*         Establecer un calendario de actuaciones de construcción y/o mantenimiento.

*         Establecer convenios o acuerdos sobre equipamientos deportivos y sus dotaciones materiales con los centros de enseñanza y las entidades privadas sin ánimo de lucro.

*         Dotar a las instalaciones deportivas públicas de material deportivo, así como de personal técnico-deportivo y facultativo adecuado.

            Esta tarea compleja se debe definir desde una labor colectiva de reflexión, debate y consenso hasta alcanzar un documento en el que se recojan todas aquellas actuaciones que se consideren necesarias para promover la práctica del deporte como hábito saludable y necesario, en busca de una mejora de la calidad de vida de nuestros conciudadanos y conciudadanas.

            Un debate político abierto e inclusivo, que recoja todas las sensibilidades de la ciudadanía: ayuntamiento, clubs, federaciones y entidades deportivas, asociaciones de vecinos y de padres, colegios profesionales o cualquier vecina o vecino de nuestro municipio. 



Por lo expuesto, el Grupo Municipal Trato Ciudadano presenta al Pleno esta PROPOSICIÓN para que se considere y se someta a votación para el siguiente

ACUERDO:

1.       Elaboración de un Plan Director de Instalaciones Deportivas, en torno a los objetivos y al proceso participativo enunciado en la explicación del acuerdo presente, en un plazo inferior de seis meses




En Ávila, 17 de noviembre de 2016








Alba Moreno Tejedor
Portavoz del Grupo Municipal de Trato Ciudadano

05 noviembre, 2016

Nuevo encuentro de Trato "de los lunes"

Continuamos con nuestros encuentros mensuales. Os esperamos.




Lunes día 07 de noviembre

Lugar: Sala de Juntas
IES Isabel de Castilla

Hora: 20,00

04 noviembre, 2016

Alegaciones de Trato Ciudadano a la mina en la Sierra de Ávila



DELEGADO TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN ÁVILA.
Pasaje del Císter, 1                05001 Ávila

Asunto: Alegaciones a “Expediente Minero C) LEITO Nº 1122”, incluidos su Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, Proyecto de Explotación y Plan de Restauración de Sección C) LEITO nº 1122.
D Rubén Arroyo Nogal, con DNI 46727487C, y con domicilio a efectos de notificaciones en la Diputación Provincial de Ávila, Plaza del Corral de Campanas s/n, 05001, Ávila, como Diputado Provincial y Portavoz del Grupo Trato Ciudadano en la mencionada Diputación Provincial de Ávila,
Manifiesta su rechazo y oposición a esa Concesión Minera, incluida la Cantera por ser incompatible con un desarrollo sostenible presente y del futuro de la Sierra de Ávila, además de hacer constar el trato de censura y obstruccionismo que el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo nos ha dado al impedir obtener una copia completa del Expediente y por todo ello presenta en tiempo y forma las siguientes:
ALEGACIONES:
Primera.- Es inadmisible por quebranto de la legalidad y me genera indefensión el no haber podido obtener una copia completa de todo el Expediente LEITO 1122, del que deriva la información sometida a información pública y que por ser de carácter ambiental forma parte del mismo. Dos han sido las visitas realizadas al Servicio de Industria, Comercio y Turismo de Ávila, acreditándome en todo momento y pidiendo la información incluso detallada por escrito, aboné las tasas establecidas en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL), y con todo y eso se me entrega una copia del Expediente desgajada y que faltaban documentos e información fundamental del procedimiento y del Expediente en curso. En ningún momento se me comunico ni ofrecido explicación posible a este hecho irregular pues en el Expediente no hay Diligencia o limitación especifica de acceso a la información que justifique la censura ejercida, por todo ello a continuación especifico los folios que no se me han entregado de los dos tomos del Permiso de Investigación LEITO Nº1122 y que limitan la capacidad de formular unas alegaciones completas, mermando mis derechos fundamentales como ciudadano y servidor público. Por todo ello reclamo se me envíen si mayores tretas ni escaramuzas injustificadas los siguientes folios del mencionado Expediente:
·                    Tomo 1: los folios 6, 9, del 13 al 53 (ambos incluidos), 110, 111, 116, 119, 127, 128, 145, 146, 147, 152, 153, 168, 169, 175, 178, 179, 239, 240, 241, 242, 247, 248, 249, 251, 322.
·                    Tomo 2: los folios 339, 340, 341, 371, 382, 383, 384, del 459 al 471(ambos incluidos), 477, 478, 506, 541, 542, 543, 548, 551, 552, del 561al 600 (ambos incluidos).
Que quede constancia que por ello he elevado dos Quejas al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León, y otra más a la Consejera de Economía y Hacienda, advirtiendo que de no contestarme satisfactoriamente me veré obligado a  adoptar las medidas legales que considere oportunas, pues téngase en cuenta que sobre este Expediente no hay afección alguna a la Ley de Protección de Datos ni a la Propiedad Intelectual, pues para ello habría en el Expediente una constancia y una referencia motivada de ello.
Tenga en cuenta que mi reclamación se ampara bajo la tutela efectiva de las siguientes normas legales:
·                    La Constitución Española.
·                    La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
·                    La Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).
·                    La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- El Proyecto Investigación, el Proyecto de Explotación, el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Restauración atentan de forma directa contra los intereses económicos y culturales de los habitantes de esta Sierra de Ávila y del Valle Amblés que no han pedido ni quieren una Mina a Cielo Abierto en su territorio, la cual transformará de forma radical e irreversible tanto el entorno natural como el entorno social de la Comarca.
Tercera.- Nada se dice en ningún documento de la prevalencia de los derechos mineros sobre las propiedades y derechos de las personas que habitan en los términos afectados por las 15 cuadriculas mineras y menos se dice sobre otros términos que con el tiempo se verán afectados por la ampliación de la pretendida actividad minera. Así como nada se dice de los efectos perversos y sinergias tan negativas e irreversibles para la zona al tener pendiente la ejecución de este Expediente LEITO junto al llamado PALMERAN que es contiguo y casi en el doble de hectáreas y además con los Parques Eólicos ya existentes.
Cuarta.- Bien es sabido que una Ley preconstitucional de 1973 no tiene en cuenta los valores ambientales, y menos del patrimonio histórico y cultural tan rico de toda esta zona, es por tanto incomprensible que se pretenda tramitar y ejecutar este Expediente de Explotación con una Ley desfasada y ajena a  las normas actuales en esas materias que de proseguir con la tramitación oscura y carente de transparencia despreciara los inmensos y reconocidos valores ambientales y ecológicos de la zona elegida, que goza de estar situada a dos vertientes, sur hacia el Valle Ambles y norte hacia La Moraña. Es inaudito que es los Estudios Ambientales no se diga nada de la Cañada Real Leonesa Occidental, del Monte de Utilidad Público de Narrillos del Rebollar, de la presencia de parejas de Águila Imperial Ibérica o de la Red Natura 2000 a pesar de que estén afectadas por la actividad minera pretendida.
Quinta.- Para nada se detallan los problemas para la Salud y Seguridad de las personas y animales (tanto domésticos como salvajes) por las sustancias a utilizar en la Cantera, por las partículas de polvo en suspensión que se elevaran y transportaran con los vientos dominantes por los alrededores e incluso a distancias kilométricas, afectando a todo ser vivo, de la afección a los ríos, arroyos, acuíferos, captaciones de agua de los pueblos y de los particulares que por otra parte están protegidas y amparadas bajo el Texto Refundido de la Ley de Aguas y a todo lo establecido para esa zona en el Plan Hidrológico de la Demarcación del Duero, y donde en todo el Expediente no se encuentra informe alguno ni referencia a la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD).
Sexta.- Con las dimensiones de la Concesión LEITO y tal como pretende la empresa promotora ejecutar la Cantera no va a ser viable ningún proyecto turístico, ni de desarrollo rural pues tanto el paisaje como las molestias derivadas de la misma invalidaran otras alternativas, enterrando así todo el dinero que por las Administraciones y particulares se ha invertido hasta hoy en día.
Séptima.- El Estudio de Impacto Ambiental realizado a cuenta de la empresa promotora no cumple ni con los mínimos exigidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Entre otras muchas y graves deficiencias, se omiten referencias a la normativa aplicable, falta una Evaluación Estratégica Integral, el Plan de Restauración es inejecutable e incluso las Coordenadas UTM, que se dan en un Sistema desfasado contrario al establecido en el vigente Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España.
Octava.- El total de la Concesión y la pretendida cantera, sus nuevas pistas, obras y el continuo tránsito de camiones afecta de forma muy directa  y también indirecta a la Red Natura 2000, en concreto a la  ZEC y ZEPA ES4110112 Encinares de la Sierra de Ávila, así como al Monte Público de Narrillos del Rebollar, espacios protegidos, entre otros por la Ley de Patrimonio Natural de Castilla y León.
Novena.- Por lo manifestado pedimos el pronunciamiento de la Confederación Hidrográfica del Duero sobre toda la Concesión y la Cantera Minera y sobre las afecciones a los Ríos, Arroyos, Fuentes y otros cauces para garantizar que se preserven los derechos de los habitantes de la Sierra por encima de los intereses privados y de los negocios oscuros y ajenos que desprecian a esta Sierra de Ávila y a sus gentes.

Por todo ello, Solicito:

Se declare la Nulidad del Procedimiento debido a las numerosas irregularidades de fondo encontradas, algunas de ellas relacionadas en este escrito, en consecuencia de todo lo referido debe darse por cerrado y archivado este Procedimiento irregular, reiterando la petición de que se me entreguen los folios del Expediente solicitados, además de que se me tenga por interesado y personado, además de que se me comuniquen todas las actuaciones y decisiones sobre este Expediente Minero que se produzcan.                          

    En Ávila a 04 de noviembre de 2016.





Fdo. Rubén Arroyo Nogal

03 noviembre, 2016

Nota de Prensa Servicio Territorial de Industria


NOTA DE PRENSA

TRATO CIUDADANO ELEVA QUEJAS AL DELEGADO CONTRA EL SERVICIO DE INDUSTRIA DE LA JUNTA

El Servicio de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León obstaculiza, veta y desgaja la información pública sobre la Concesión Minera de la Sierra de Ávila.

             Trato Ciudadano ha elevado, en dos ocasiones, escritos de queja al Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Ávila, sin que éste les haya contestado, por el tratamiento torticero, irregular y de censura recibido al consultar y pedir formalmente copia de todo el Expediente Minero relativo a la Concesión tan negativa e irreversible que se pretende ejecutar en plena Sierra de Ávila y que se conoce como “LEITO Nº 1122”.

Al parecer al Jefe del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Ávila le gusta que los particulares, representantes de organizaciones e incluso los servidores públicos tengan que recurrir a los juzgados para consultar y obtener copias de expedientes públicos completos, como es el caso del expediente de dicha explotación minera. Y no es muy proclive a atender personalmente a quien lo solicita escondiéndose en su despacho bajo llamadas de teléfono y reuniones.

Consideramos que dos visitas a las dependencias del Servicio Territorial de Industria, acreditando nuestra representación legal y nuestro interés en el expediente, formulando dos solicitudes detalladas por escrito, pagando las tasas establecidas en el Boletín Oficial de Castilla y León, además de elevar dos Quejas al Delegado Territorial, hubiesen sido más que suficientes para obtener una copia de todo el Expediente, pero el resultado ha sido todo lo contrario, pues nos han entregado un Expediente incompleto y desgajado, sin motivo ni razón legal que lo justifique y que impide que Trato Ciudadano conozca toda la información de la Concesión Minera antes de que se cierre el plazo legal establecido para  presentar alegaciones. Ni Trato Ciudadano ni nadie.

En concreto, son al menos 137 los folios que han sido ocultados del Expediente según la numeración del mismo.

Por todo lo anterior desde Trato Ciudadano le volvemos a recordar al Delegado Territorial, con el fin de que le haga entender y ajustarse a la legalidad al Jefe del Servicio de Industria que nuestra petición se ajusta, entre otras a las siguientes normas: la Constitución Española, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE), La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No debería olvidar el Jefe del Servicio de Industria, Comercio y Turismo y por ello informarle en detalle al Delegado Territorial que al menos en el año 2011 ese Servicio de Industria fue sentenciado en el Juzgado de lo Contencioso de Ávila y después también en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, imponiéndosele el pago de costas, por un caso similar de consulta y acceso a la información. Consideramos muy lamentable por lo tanto tener que llegar a esa situación e incluso de reclamar las responsabilidades, incluidas las patrimoniales contra el cargo público que resulte ser el responsable de este atropello. 

En Ávila a 3 de noviembre de 2016.