Grupo Municipal
Ayuntamiento de Ávila
AL
PLENO DEL 25 DE MAYO DE 2017
Doña
Alba Moreno Tejedor como Portavoz del Grupo Municipal Trato Ciudadano en el
Ayuntamiento de Ávila según lo dispuesto en el art. 97.2 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales,
presenta ante este Pleno Corporativo, para su inclusión en el orden del día, la
siguiente PROPOSICIÓN a fin de que sea debatida y sometida a votación por el
Pleno.
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
España es uno de
los países europeos más afectados por la crisis económica. Desde el estallido
de la crisis económica y de la burbuja inmobiliaria en 2007, la población española
está sufriendo los severos impactos de la segunda tasa más alta de desempleo de
la Unión Europea y del índice de pobreza más alto respecto a los países que la
conforman. A ello hay que añadir los recortes presupuestarios, hecho que ha impactado
profundamente en el ámbito social. Todo ello desencadenó en una situación de
emergencia social de la que todavía perviven sus efectos y que ha sido especialmente
grave en el ámbito de la vivienda.
Las consecuencias
del estallido de la crisis financiera global en 2007 se hicieron notar rápidamente
en el territorio español con subidas de las tasas de interés. Este hecho y la
contracción del crédito internacional afectaron gravemente al negocio
inmobiliario, sector sobre el cual descansaba la creación de empleo. El aumento
del paro en un contexto de sobreendeudamiento generalizado se tradujo en
crecientes dificultades para hacer frente al pago de la vivienda. A partir de
2008 y hasta la actualidad la imposibilidad material de pagar el alquiler o la
hipoteca se convertiría en un problema de primer orden para las familias.
En el ámbito
legislativo, el Estado español tiene una normativa hipotecaria anómala, comparativamente,
en el panorama europeo que sobreprotege a la parte creditora frente a los
prestatarios. Esta situación de desprotección del consumidor, denunciada por la
UE mediantes numerosas sentencias de Tribunal de Justicia de la Unión Europea, junto
con modificaciones de la legislación en la ley de arrendamientos urbanos que agilizan
los desahucios sin tener en consideración la situación económica o familiar de las
personas afectadas y sin que existan medidas orientadas a promover un realojo adecuado
que destina a miles de familias a contemplar la ocupación de la vivienda como
única alternativa habitacional, ha derivado en la situación de emergencia habitacional
que hoy seguimos viviendo y es claramente insostenible.
El ordenamiento
español prevé un procedimiento de ejecución hipotecaria que comporta no sólo
la pérdida de la vivienda habitual, sino también la posibilidad de que se
embarguen los salarios y otros bienes presentes y futuros tanto del deudor
hipotecario como de sus avales, subsistiendo parte de la deuda contraída. La
regulación actual implica que la entidad bancaria pueda adjudicarse la vivienda
por tan sólo el 60% del valor de tasación y seguir exigiendo a la familia el
monto restante, más los intereses generados y los gastos del procedimiento
judicial. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), desde
el 2007, año en que estalló la crisis, hasta el 2016, el número de ejecuciones
hipotecarias se ha situado en 721.000 y el número de desahucios se sitúa en más
de 515.000.
A la problemática
de las ejecuciones y desahucios hipotecarios se añade la del alquiler, castigado
por las consecutivas reformas de la LAU, que han consagrado una inestabilidad
en el proyecto vital de las personas cada 3 años y la posibilidad de establecer
subidas indiscriminadas de precio cada renovación contractual. El problema del parque de alquiler privado no es de reducida
dimensión sino su configuración como régimen inestable y sometido a procesos
especulativos que de nuevo ponen de manifiesto la mercantilización del derecho
a la vivienda digna y adecuada. Además, a diferencia de los países del entrono europeo
con un amplio parque de alquiler privado, no existen medidas orientadas a controlar
el precio del alquiler y a impedir rentas abusiva.
Las dificultades
para afrontar el pago del alquiler han generado que, según datos judiciales, un
56% de los 660.490 desahucios que se produjeron en 2014 en España estuvieron
relacionados con el impago del alquiler, según datos de CGPJ.
Ante la situación
descrita, el Gobierno ha legislado iniciativas que se han demostrado totalmente
insuficientes e ineficaces. El Real Decreto-ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas
urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos (conocido como el
Código de Buenas Prácticas) no ha conseguido solucionar más que el 0,5% de los casos.
El Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar
la protección a los deudores hipotecarios sólo ha conseguido paralizar el 5% de
los desahucios durante su vigencia, quedando aplazada la problemática hasta que
termine la moratoria, lo que hace vivir en estado de angustia y estrés
continuado a las familias afectadas, por ello la necesidad de legislar medidas
de cambio estructural para reconducir esta situación legislativa y social de
emergencia. Asimismo, la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la
protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler
social, el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de
mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas
de orden social, que han tenido un escaso impacto en la frágil realidad que viven
numerosos españoles. Y más recientemente, el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de
enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas
suelo y Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real
Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de
deudores hipotecarios sin recursos, y la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas
para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de
deuda y alquiler social que en la misma línea que las anteriores reformas
regulan medidas accesorias, paliativas sin abordar de manera estructural la
problemática que viven miles de familias.
La Constitución de
1978 reconoce el derecho a una vivienda digna y adecuada y lo vincula a la
obligación de los poderes públicos a impedir la especulación (artículo 47), imponiendo
a los poderes públicos el deber de garantizar que el derecho de propiedad no se
ejerza de forma antisocial (artículo 33) y subordina toda la riqueza, sea cual
sea su titularidad, al interés general (artículo 128).
Por
lo expuesto, el Grupo Municipal Trato Ciudadano presenta al Pleno esta
PROPOSICIÓN para que se considere y de someta a votación para los siguientes
ACUERDOS.
Instar al Gobierno de España a la
aprobación de la Ley de Vivienda promovida por la Plataforma de Afectados por
la Hipoteca (PAH), en la que se declaran cinco objetivos básicos para hacer
frente, de manera afectiva y eficaz, a la emergencia habitacional dando
respuesta y solución a las situaciones de sobreendeudamiento, al abuso del
sistema financiero, dando alternativa habitacional a las familias en situación
de exclusión residencial que sufren
procedimientos de lanzamiento ya sea por ejecuciones hipotecarias, impago de alquiler o estar
en precario, a la vez que se desarrollan mecanismos para aumentar el parque de
vivienda pública, acabar con la inestabilidad e inseguridad de la legislación de
arrendamientos urbanos que dificultan el acceso a la vivienda mediante esta
opción y finalmente habilitar mecanismos que eviten situaciones de cortes de
suministros básicos a los que todo ciudadano ha de tener acceso.
En Ávila, a 19 de
mayo de 2017.
Alba
Moreno Tejedor
Portavoz
del Grupo Municipal de Trato Ciudadano
4 comentarios:
Si publicaseis este comentario os lo agradecería, entiendo todo tipo de razones que podríais tener en contra, pero esto no haría más que acentuar el enorme descenso de credibilidad que habéis suscitado entre muchos de los que os votaron.
Bueno, lo que no está claro es el asunto de la piscina cubierta. Si tuvieseis un informe avalado por un arquitecto pericial vuestro documento al respecto sería creíble y apoyado al menos por todos los grupos de la oposición.
Dais a pensar que Trato Ciudadano se ha metido en un buche populista y podemista casi desde vuestro acceso a la municipalidad, que Trato Ciudadano se ha podemizado totalmente y que ha perdido su esencia como plataforma cívica de carácter totalmente transversal.
En el blog de Trato Ciudadano se publican todos los comentarios que se reciben. No hay, por tanto, ninguna razón para no seguir haciéndolo.
Por lo que respecta al tema de la piscina de la Zona Sur, en la entrada de este mismo blog del día 27 de marzo (http://tratociudadano.blogspot.com.es/2017/03/alternativa-de-trato-ciudadano-la.html), podrás comprobar cómo nuestra propuesta está perfectamente justificada en base a los informes del propio Ayuntamiento, con sus propias cuentas.
Un saludo.
Leo los dos comentarios al respecto y como señalas vuelvo a leer lo que llamáis vuestra propuesta (y a ver si hay alguien que la avale que sea técnico y profesional en la materia).La conclusión que saco es que todo queda reducido a una cuestión de carácter electoralista y de opinión por parte de Trato Ciudadano. Ojalá que lo que llamáis "propuesta" fuese un auténtico y correcto "informe técnico-presupuestario" avalado por técnicos con sus nombres y apellidos.
Un consejo os doy: no pretendáis correr demasiado y sacar rédito hasta de la mentira, convirtiéndoos en "políticos" tan demagógicos como vuestros homónimos de Podemos.
Es hora de predicar con el ejemplo y no valerse de la ingenuidad de los ciudadanos para conseguir un rédito que no merecéis, además de no tomaros en serio, según dais a entender, la seguridad de todo usuario de las futuras instalaciones.
¿Es verdad que en Trato Ciudadano tienen cabida todo tipo de opiniones y pareceres?. Según me han comentado sois acólitos radicales de extrema izquierda, pero ya me gustaría a mí como arquitecto dar mi opinión e informe en una de vuestras asambleas.
Un saludo.
El anónimo anterior no sé que pretende, si lees el informe vuestro está clarísimo que con los datos de los informes técnicos del Ayuntamiento es más que suficiente para entender sobradamente vuestra propuesta. Es precisamente que aportáis datos de los equipos técnicos municipales los que determinan vuestra coherencia.
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